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Ley
REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
53

Artículo 53 del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los policías o autoridades que investigan un asunto deben actuar rápido, sin perder tiempo, y hacer su trabajo de manera completa y profesional, sin favorecer a nadie. Su objetivo es juntar toda la información necesaria para entender bien lo que pasó. Además, ellos son los responsables de cuidar que todos los datos y papeles de la investigación estén completos y bien guardados. Esto aplica cuando se investiga dentro de la Unidad de Asuntos Internos, que es la que revisa si los propios policías cometieron faltas.

Texto oficial

Artículo 53. Las diligencias de investigación se practicarán de manera inmediata, oportuna, eficiente, exhaustiva, profesional, imparcial; y orientadas a allegarse de los datos que permitan el esclarecimiento de los hechos materia de esta y será responsable de la integralidad de los datos y documentos, así como el resguardo del expediente respectivo. Sección II Sustanciación ante la Unidad de Asuntos Internos

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO DEL PERSONAL SUSTANTIVO DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 18) ↗

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