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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley180/112
Ley
Ley de Educación del Estado de México
Artículo
112

Artículo 112 de la Ley de Educación del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del estado, por medio de la dependencia encargada, se encargará de hacer todo lo necesario con las escuelas y sus instalaciones. Esto incluye construir, reparar o mantener los espacios educativos para cumplir con lo que dice la ley. En pocas palabras, el gobierno tiene la obligación de asegurarse de que las escuelas estén en buen estado y funcionen bien.

Texto oficial

Artículo 112. El Gobierno Estatal, a través de la instancia competente, realizará las actividades correspondientes en materia de infraestructura educativa para efecto de ejercer sus atribuciones referidas en este Capítulo y demás disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial de la Ley de Educación del Estado de México (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.