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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley225/99
Ley
Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México
Artículo
99

Artículo 99 de la Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez va a revisar que tú y quienes quieran adoptar cumplan con todos los requisitos que marca la ley, como tener los papeles en orden. También checará que el Comité Interinstitucional (un grupo de expertos de varias dependencias) dio el visto bueno para la adopción. Por último, se asegurará de que ustedes sean las personas adecuadas para criar al niño o niña, es decir, que realmente puedan darle amor, cuidado y estabilidad.

Texto oficial

Artículo 99. El Juez verificará que los solicitantes cumplan con los requisitos previstos en esta Ley, que la asignación ha sido autorizada por el Comité Interinstitucional y que son las personas idóneas para adoptar.

Ver texto oficial de la Ley que regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en el Estado de México (pág. 33) ↗

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