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Artículo 19 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los cargos de los que forman parte del Consejo son honorarios, eso significa que no les pagan ni reciben sueldo por hacer ese trabajo. La gente que está ahí lo hace de manera voluntaria, sin recibir dinero a cambio. Es un servicio que se presta por compromiso, no por lana. Todo esto aplica mientras duran en su puesto.

Texto oficial

Artículo 19. Los cargos de los integrantes del Consejo serán honoríficos. SECCIÓN TERCERA PROCESO DE INTEGRACIÓN DEL CONSEJO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.