- Ley
- Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
- Artículo
- 36
Artículo 36 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando en una reunión se presentan propuestas o acuerdos, solo se consideran aprobados si más de la mitad de los miembros del grupo los apoyan. Si hay exactamente el mismo número de votos a favor y en contra, el Presidente tiene el voto decisivo, es decir, su voto vale doble para romper el empate.
Texto oficial
Artículo 36. Los acuerdos que se promuevan durante las sesiones, serán validos cuando sean aprobados por la mayoría del pleno y sólo en caso de empate, el Presidente contará con voto de calidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.