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Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Artículo
36

Artículo 36 del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando en una reunión se presentan propuestas o acuerdos, solo se consideran aprobados si más de la mitad de los miembros del grupo los apoyan. Si hay exactamente el mismo número de votos a favor y en contra, el Presidente tiene el voto decisivo, es decir, su voto vale doble para romper el empate.

Texto oficial

Artículo 36. Los acuerdos que se promuevan durante las sesiones, serán validos cuando sean aprobados por la mayoría del pleno y sólo en caso de empate, el Presidente contará con voto de calidad.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México (pág. 14) ↗

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