- Ley
- Reglamento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México
- Artículo
- 44
Artículo 44 del Reglamento de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La SECAMPO, que es la Secretaría de Agricultura de tu estado, va a trabajar junto con escuelas y centros de investigación para hacer el Padrón. El Padrón es como una lista oficial de datos importantes que necesitan. Ellos se encargarán de juntar toda la información de manera organizada.
Texto oficial
Artículo 44. La SECAMPO en coordinación con instituciones educativas y de investigación, llevará a cabo acciones para la integración del Padrón.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.