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Artículo 41 de la LEY General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 41 fue eliminado de la ley. Primero lo modificaron el 8 de abril de 2013, y después lo quitaron por completo el 31 de julio de 2019. Eso significa que ya no existe ni aplica para nada. En pocas palabras, esta parte ya no debes tomarla en cuenta porque está totalmente cancelada.

Texto oficial

Artículo 41. Se deroga. Artículo reformado DOF 08-04-2013. Derogado DOF 31-07-2019 CAPÍTULO II Del Fomento a la Actividad Turística

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.