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Artículo 97 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Panel de Educación del Comité Nacional Antidopaje es un grupo de personas que se encarga de temas de enseñanza sobre dopaje. Este panel está formado por cinco miembros: uno de la Secretaría de Educación Pública (SEP), uno del área de medicina de la CONADE, uno del Comité Olímpico Mexicano (COM), uno de la Federación Mexicana de Medicina del Deporte y uno de la Dirección de Planeación y Tecnologías de la CONADE. El representante de la Federación Mexicana de Medicina del Deporte solo participa si él o ella acepta formar parte del panel.

Texto oficial

Artículo 97. El Panel de Educación del Comité Nacional Antidopaje estará integrado por: I. Un representante designado por la SEP; II. Un representante del área de medicina y ciencias aplicadas de la CONADE; III. Un representante del COM; IV. Un representante de Federación Mexicana de Medicina del Deporte, y V. Un representante de la Dirección de Planeación y Tecnologías en la Información de la CONADE. La participación de la persona señalada en la fracción IV de este artículo estará sujeta a la aceptación por parte de ésta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.