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Artículo 284 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ya no existe este artículo. Fue eliminado de la ley el 9 de agosto de 1999, así que no hay ninguna regla que aplicar. En México, cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez ni efectos legales. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

ARTICULO 284.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 42) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.