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Artículo 508 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 508 fue eliminado del código o ley donde estaba, según una publicación oficial del 9 de agosto de 1999. Como está derogado, ya no es válido ni se aplica en la práctica legal actual. En pocas palabras, ya no existe como regla que debas cumplir o conocer.

Texto oficial

ARTICULO 508.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 09-08-1999

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.