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Artículo 84 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo del reglamento del Impuesto Sobre la Renta dice que, para ciertos cálculos, debes sacar tu margen de utilidad bruta (la ganancia que obtienes al vender un producto, sin contar otros gastos). Ese margen se calcula por cada grupo de productos parecidos o por departamento de tu negocio, y solo tomando en cuenta las mercancías que ya están a la venta al público. Para obtenerlo, simplemente restas al precio de venta lo que te costó comprar la última vez ese mismo artículo.

Texto oficial

Artículo 84. Para efectos del artículo 41, párrafo cuarto de la Ley, los contribuyentes determinarán el margen de utilidad bruta con el que operan en el ejercicio de que se trate, por cada grupo de artículos homogéneos o por departamentos, considerando únicamente las mercancías que se encuentren en el área de ventas al público. La diferencia entre el precio de venta y el último precio de adquisición de las mercancías del ejercicio de que se trate, será el margen de utilidad bruta. CAPÍTULO III Del Ajuste por Inflación REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 06-05-2016 21 de 93

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.