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Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 34 dice que el jefe de la Secretaría Técnica tiene que hacer cinco tareas principales cuando el Consejo le pida algo. Estas tareas son: planear cómo hacer las cosas, dar apoyo técnico, coordinar con otras instituciones, manejar los asuntos legales y encargarse de la administración. En pocas palabras, ese jefe es como el encargado de organizar, ayudar legalmente y conectar a las diferentes partes para que el Consejo funcione bien. Todo esto es para atender los trabajos que el Consejo le ordene.

Texto oficial

Artículo 34.- La persona titular de la Secretaría Técnica, para atender las solicitudes y requerimientos que el Consejo le ordene, tiene a su cargo las funciones siguientes: I. Planeación; II. Apoyo técnico; REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO AÉREO MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 10-02-2026 10 de 15 III. Coordinación interinstitucional; IV. Asuntos jurídicos, y V. Administración. Capítulo III Del Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.