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Artículo 161 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las licencias son permisos que se les dan a los integrantes para no ir a trabajar por un tiempo. Hay cinco tipos: la ordinaria (para asuntos personales comunes), la extraordinaria (para casos especiales que no están en la lista), la prejubilatoria (para prepararse antes de jubilarse), la especial (para situaciones que la ley o el reglamento marquen) y la por enfermedad (cuando alguien está enfermo). Cada una tiene sus propias reglas, pero aquí solo te dicen los nombres de los permisos que existen.

Texto oficial

Artículo 161.- Las licencias que se concedan a los Integrantes son las siguientes: I. Ordinaria; II. Extraordinaria; III. Prejubilatoria; IV. Especial, y V. Por enfermedad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 137) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.