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1a./J. 126/2011 (9a.)Jurisprudencia10a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional, Penal

AVERIGUACIÓN PREVIA. EL DERECHO DEL INDICIADO PARA OFRECER PRUEBAS ESTÁ CONDICIONADO A QUE COMPAREZCA PERSONALMENTE ANTE LA AUTORIDAD MINISTERIAL (LEGISLACIÓN FEDERAL).

[J]; 10a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012; Tomo 3; Pág. 2158

Precedentes

Contradicción de tesis 11/2011. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región y el entonces Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, actual Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del mismo circuito. 7 de septiembre de 2011. Cinco votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria: Carmina Cortés Rodríguez. Tesis de jurisprudencia 126/2011 (9a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha diecinueve de octubre de dos mil once.

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