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1a./J. 89/2010 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

APELACIÓN. RESULTA PROCEDENTE CONTRA LAS SENTENCIAS, AUTOS, INTERLOCUTORIAS O RESOLUCIONES DICTADOS DURANTE EL PROCEDIMIENTO MERCANTIL, CUANDO EL MONTO DEL NEGOCIO RESULTE DE CUANTÍA INDETERMINADA.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Febrero de 2011; Pág. 61

Precedentes

Contradicción de tesis 79/2010. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Undécimo, ambos en Materia Civil del Primer Circuito. 29 de septiembre de 2010. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretaria: Luisa Reyes Retana Esponda. Tesis de jurisprudencia 89/2010. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veintisiete de octubre de dos mil diez Nota: Por ejecutoria del once de enero de dos mil doce, la Primera Sala declaró improcedente la solicitud de modificación de jurisprudencia 19/2011 derivada de la solicitud de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, toda vez que estimó innecesario modificar la presente tesis jurisprudencial al tenor de las razones expuestas en la solicitud respectiva.

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