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XV.4o. J/12Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

RECONOCIMIENTO ADUANERO DE MERCANCÍAS. EL HECHO DE QUE EN EL ACTA CIRCUNSTANCIADA RELATIVA NO SE ESPECIFIQUE QUIÉN ACTIVÓ EL MECANISMO DE SELECCIÓN AUTOMATIZADO NI EL PROCEDIMIENTO QUE SE UTILIZÓ PARA IMPULSARLO Y SU RESULTADO, NO CONTRAVIENE LOS ARTÍCULOS 43 Y 46 DE LA LEY DE LA MATERIA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Septiembre de 2010; Pág. 1139

Precedentes

Revisión fiscal 52/2008. Subadministrador de lo Contencioso "2", en suplencia por ausencia del Administrador Local Jurídico de Tijuana, Baja California y en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 27 de marzo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Inosencio del Prado Morales. Secretario: Ciro Alonso Rabanales Sevilla. Revisión fiscal 29/2009. Administrador Local Jurídico de Tijuana y Administrador Local Jurídico de Mexicali, en Baja California, ambos en representación de la autoridad demandada. 12 de mayo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: José Encarnación Aguilar Moya. Secretaria: Ida Vargas Arias. Revisión fiscal 171/2009. Subadministrador de lo Contencioso "2", en suplencia por ausencia del Administrador Local Jurídico de Tijuana, Baja California y en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 15 de octubre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén David Aguilar Santibáñez. Secretario: Francisco Lorenzo Morán. Revisión fiscal 32/2010. Subadministrador, en suplencia por ausencia del Administrador Local Jurídico de Tijuana, Baja California y en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 11 de marzo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: José Encarnación Aguilar Moya. Secretario: Miguel Ángel Montalvo Vázquez. Revisión fiscal 109/2010. Subadministrador, en suplencia por ausencia del Administrador Local Jurídico de Tijuana, Baja California y en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 24 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretario: Heriberto Santana Escobar. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 137/2013 , de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 123/2013 (10a.) de rubro: " RECONOCIMIENTO ADUANERO DE MERCANCÍAS. LA VALIDEZ DEL ACTA CIRCUNSTANCIADA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA DETECCIÓN DE IRREGULARIDADES NO ESTÁ CONDICIONADA A QUE SE ASIENTE EL NOMBRE DE QUIEN ACTIVÓ EL MECANISMO DE SELECCIÓN AUTOMATIZADO NI EL PROCEDIMIENTO EMPLEADO PARA IMPULSARLO Y SU RESULTADO ."

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