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III.5o.C.34 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
163923
Clave de tesis
III.5o.C.34 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2395

SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO EN EL AMPARO INDIRECTO. DEBEN CONSIDERARSE SEIS MESES COMO TIEMPO PROBABLE DE DURACIÓN DEL JUICIO PARA FIJAR LA GARANTÍA CORRESPONDIENTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2395

Precedentes

Amparo en revisión 354/2009. Ramón Bulnes Flores. 30 de septiembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Guadalupe Cabral Parra. Secretaria: Jacqueline Ana Brockmann Cochrane. Nota: Por instrucciones del Tribunal Colegiado de Circuito, esta tesis se publicó nuevamente con la modificación en el texto que el propio tribunal ordenó, para quedar como aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXII, octubre de 2010, página 3207, de rubro: " SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO EN EL AMPARO INDIRECTO. DEBEN CONSIDERARSE SEIS MESES COMO TIEMPO PROBABLE DE DURACIÓN DEL JUICIO PARA FIJAR LA GARANTÍA CORRESPONDIENTE ."

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