Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/166357
XXI.2o.P.A.46 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
Registro digital (IUS)
166357
Clave de tesis
XXI.2o.P.A.46 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Septiembre de 2009; Pág. 3152

MULTA PREVISTA EN EL CUARTO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 149 DE LA LEY DE AMPARO. EN SU IMPOSICIÓN ES INAPLICABLE SUPLETORIAMENTE EL ARTÍCULO 59, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Septiembre de 2009; Pág. 3152

Precedentes

Queja 68/2005. Director de Fiscalización del Ayuntamiento Municipal Constitucional de Acapulco de Juárez, Guerrero y otro. 14 de diciembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretaria: Silvia Galindo Andrade. Queja 23/2007. Presidente del Ayuntamiento Constitucional de Acapulco de Juárez, Guerrero. 4 de mayo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Maximiliano Toral Pérez. Secretaria: Martha Alicia López Hernández. Queja 120/2008. Superintendente General de Zona de la Comisión Federal de Electricidad. 23 de abril de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Julián Jiménez Pérez.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 166357