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I.7o.C.114 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

AUTO DE EXEQUENDO. CUANDO SE RECLAMA POR SÍ MISMO Y NO POR VIRTUD DE SU EJECUCIÓN, A TRAVÉS DEL EMBARGO, NO CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Octubre de 2008; Pág. 2314

Precedentes

Amparo en revisión 244/2008. Elsa Palomino Chávez. 4 de septiembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: Alicia Ramírez Ricárdez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 406/2009 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 6/2010, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, mayo de 2010, página 114, con el rubro: " AUTO DE EXEQUENDO DICTADO EN UN JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EN SU CONTRA PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO, AL CONSTITUIR UN ACTO DE EJECUCIÓN IRREPARABLE DENTRO DEL JUICIO ."

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