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III.1o.T.14 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

PERSONALIDAD. CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE NO LA RECONOCE RESPECTO DE QUIEN COMPARECE POR UNA DE LAS PARTES AL DESAHOGO DE PROBANZAS, ES IMPROCEDENTE EL AMPARO INDIRECTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Septiembre de 2008; Pág. 1382

Precedentes

Amparo en revisión 4/2008. Dirección Corporativa de México, S.A. de C.V. 30 de julio de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: José de Jesús Murrieta López.