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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 13 de enero de 2010, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 414/2009 en que participó el presente criterio.

III.1o.T.95 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
168874
Clave de tesis
III.1o.T.95 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Septiembre de 2008; Pág. 1313

LITISCONSORCIO PASIVO NECESARIO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. EL DESISTIMIENTO FORMULADO POR LA ACTORA RESPECTO DE UNO DE LOS CODEMANDADOS NO INCIDE EN TODOS LOS DEMÁS, CUANDO TAL LITISCONSORCIO FUE APARENTE, PUES EN TAL SUPUESTO ES POSIBLE EL DICTADO DE UN LAUDO QUE NO COMPRENDA A TODAS LAS PARTES QUE EN PRINCIPIO FUERON DEMANDADAS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Septiembre de 2008; Pág. 1313

Precedentes

Amparo directo 490/2007. María de Lourdes Núñez Cárdenas. 9 de julio de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores. Nota: Por ejecutoria de fecha 13 de enero de 2010, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 414/2009 en que participó el presente criterio.

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