IX.1o.101 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
AGRAVIOS INOPERANTES EN LA RECLAMACIÓN. LO SON AQUELLOS EN LOS QUE SE ALEGUE VIOLACIÓN DE GARANTÍAS INDIVIDUALES.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Septiembre de 2007; Pág. 2480
Dado que la contravención a derechos públicos subjetivos solamente puede reclamarse a través de la acción constitucional de amparo, resulta inconcuso que en el recurso de reclamación que se interponga contra un acuerdo de trámite de un juicio de amparo, deben declararse inoperantes los agravios en los que se alegue la violación de garantías individuales, porque a través de tal medio de defensa se controla la legalidad de ese tipo de acuerdos, sin que se pueda conseguir la restitución en el goce de garantías individuales.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.
Precedentes
Reclamación 16/2007. Bicicletas Mercurio, S.A. de C.V. 11 de julio de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Esteban Oviedo Rangel.