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2a./J. 50/2007 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
Registro digital (IUS)
172818
Clave de tesis
2a./J. 50/2007
Tipo
Jurisprudencia
Época
9a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Materia
Común
Fuente
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Abril de 2007; Pág. 441

CADUCIDAD. OPERA EN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LOGRAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO, POR FALTA DE PROMOCIÓN DEL INTERESADO DURANTE EL PLAZO DE 300 DÍAS NATURALES, AUN EXISTIENDO ACTUACIÓN JUDICIAL.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Abril de 2007; Pág. 441

Precedentes

Contradicción de tesis 29/2006-PL. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo Cuarto y Décimo Tercero, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito, y el Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito. 7 de marzo de 2007. Mayoría de tres votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Disidente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Claudia Mendoza Polanco. Tesis de jurisprudencia 50/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada de veintiuno de marzo de dos mil siete. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 39/2007-PL resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 104/2009, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, agosto de 2009, página 5, con el rubro: " CADUCIDAD DE LOS PROCEDIMIENTOS TENDENTES AL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO. PARA QUE OPERE DEBE ACTUALIZARSE LA INACTIVIDAD PROCESAL Y LA FALTA DE PROMOCIÓN DE PARTE INTERESADA ."

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