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I.3o.C.572 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
173796
Clave de tesis
I.3o.C.572 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Diciembre de 2006; Pág. 1315

COSA JUZGADA. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA DESESTIMACIÓN DE ESA EXCEPCIÓN, OPUESTA EN UN JUICIO DE CONTROVERSIA EN MATERIA DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO, ES IMPUGNABLE COMO VIOLACIÓN PROCESAL A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Diciembre de 2006; Pág. 1315

Precedentes

Amparo directo 209/2006. Concepción Palacio viuda de Henonin. 22 de junio de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Alfaro Telpalo, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Gabriel Regis López. Nota: La tesis P./J. 99/2004 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, octubre de 2004, página 5.

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