III.2o.T.175 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE PERSONAS MORALES. PARA SU ADMISIÓN ES INNECESARIO QUE SU OFERENTE PRECISE QUE AL REPRESENTANTE LEGAL LE DEBEN SER CONOCIDOS TODOS LOS HECHOS CONTROVERTIDOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Abril de 2006; Pág. 1163
De conformidad con el artículo
786 de la Ley Federal del Trabajo
, cuando en el juicio el trabajador ofrece la prueba confesional a cargo de su contraparte, si ésta es una persona moral deberá desahogarse por conducto de su representante legal, sin que sea necesario para su admisión que el oferente precise que al representante legal le deben ser conocidos todos los hechos controvertidos; en primer lugar, porque esa condición no es requisito para la admisión de la probanza; y, en segundo, porque esa razón está implícita de manera lógica en la norma citada, ya que la persona física que la desahoga no actúa o responde a nombre propio, sino en representación de la persona moral demandada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 508/2005. Selección y Desarrollo Organizacional, S.A. de C.V. y otra. 7 de diciembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: José Ignacio Rodríguez Sánchez.