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2a./J. 49/2005Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

AUDITORÍA FISCAL. LOS ACTOS QUE EMITAN LOS SUBADMINISTRADORES LOCALES EN SUPLENCIA DEL ADMINISTRADOR LOCAL, SON VÁLIDOS AUN CUANDO NO ESTÉ DESIGNADO ESTE ÚLTIMO.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 733

Precedentes

Contradicción de tesis 211/2004-SS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil y el entonces Segundo Tribunal Colegiado (hoy Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil), ambos del Décimo Cuarto Circuito. 18 de marzo de 2005. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Alma Delia Aguilar Chávez Nava. Tesis de jurisprudencia 49/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de abril de dos mil cinco.

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