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1a./J. 48/2003Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Penal

QUERELLA PRESENTADA POR ESCRITO. ES NECESARIA SU RATIFICACIÓN CUANDO SE FORMULE EN REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, POR DELITOS PREVISTOS EN LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Septiembre de 2003; Pág. 225

Precedentes

Contradicción de tesis 143/2002-PS. Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito y el actual Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 27 de agosto de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Manuel González Díaz. Tesis de jurisprudencia 48/2003. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de veintisiete de agosto de dos mil tres.