I.11o.C.16 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO. ES LA IDÓNEA PARA RESOLVER SOBRE HECHOS CONTROVERTIDOS QUE REQUIEREN DE CONOCIMIENTOS TÉCNICOS O CIENTÍFICOS.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Agosto de 2003; Pág. 1806
Cuando la controversia planteada requiere para su solución de conocimientos que generalmente escapan a la cultura común del juzgador, por referirse a cuestiones en las que es necesaria la aplicación de conocimientos técnicos o científicos, propios de un especialista, es pertinente considerar que el juzgador respectivo debe auxiliarse del especialista correspondiente para que lo ilustre en el tema materia de la controversia, a fin de estar en aptitud de apreciarla adecuadamente y, atendiendo a los razonamientos expuestos por el perito, determinar con la argumentación respectiva el alcance demostrativo que a su juicio merezcan los dictámenes emitidos.
DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 240/2003. 15 de mayo de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Jesús Jiménez Delgado.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, julio de 2002, página 1356, tesis I.6o.P.3 K, de rubro: "
PERITACIÓN, DOBLE FUNCIÓN DE LA
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