1a. XV/2003 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
LEYES HETEROAPLICATIVAS, SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE CUANDO CESAN LOS EFECTOS DE LOS ACTOS DE APLICACIÓN.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Mayo de 2003; Pág. 243
Cuando cesan los efectos de los actos de aplicación de la ley impugnada, en virtud de que la autoridad responsable los declaró insubsistentes, el juicio de amparo debe sobreseerse por lo que se refiere a dicha ley, pues al haber cesado su aplicación ya no causa perjuicios al quejoso.
Precedentes
Amparo en revisión 268/2002. Desarrollo Urbano del Puerto Industrial de Altamira, S.A. de C.V. 8 de enero de 2003. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Carmina Cortés Rodríguez.