IV.2o.A.44 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES PAGADAS INDEBIDAMENTE A LA AUTORIDAD FISCAL. DEBE SOLICITARSE ANTE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, MEDIANTE EL FORMATO AUTORIZADO PARA TAL EFECTO (ARTÍCULO 22 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVII, Enero de 2003; Pág. 1769
El artículo
22 del Código Fiscal de la Federación
establece la obligación de las autoridades de devolver las cantidades pagadas indebidamente, bajo dos formas, de oficio o a petición del interesado; último caso en el que podrá requerir datos, informes, documentos, etc.; ello, obviamente, para verificar la procedencia de la devolución y contemplándose los términos para ello. Por tanto, si el contribuyente, al presentar su declaración del ejercicio, marca el recuadro de opción de devolución de saldo, y la autoridad le conmina a pedirlo mediante el formato autorizado para tal solicitud, resulta acertado el criterio que en ese sentido emite la Sala Fiscal, toda vez que en el caso específico debe mediar el formato autorizado para devolución de saldo por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por ubicarse en los supuestos del artículo antes citado y tratarse de peticiones expresas sobre los montos que correspondan, lo que necesita ser motivo de análisis y decisión concreta de la autoridad hacendaria, acorde al procedimiento que establece el precepto.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 264/2002. Miguel Ángel Martínez Escudero. 14 de agosto de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María Inocencia González Díaz.
Nota: Esta tesis contendió en la
contradicción 30/2003-SS
resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 56/2003, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVIII, julio de 2003, página 197, con el rubro: "
DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES PAGADAS INDEBIDAMENTE AL FISCO FEDERAL O LAS QUE PROCEDAN DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FISCALES. FORMATOS PARA SU SOLICITUD
."