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2a./J. 137/2002 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

COMPETENCIA LABORAL. CORRESPONDE A LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES QUE SURJAN ENTRE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL ESTADO DE VERACRUZ Y SUS TRABAJADORES.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Diciembre de 2002; Pág. 237

Precedentes

Contradicción de tesis 115/2002-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Segundo en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito. 15 de noviembre de 2002. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. Tesis de jurisprudencia 137/2002. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintidós de noviembre de dos mil dos. Notas: Las tesis P. XXV/98 y P. XXVI/98 citadas, aparecen publicadas con los rubros: " ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE CARÁCTER LOCAL. SUS RELACIONES LABORALES SE RIGEN POR EL APARTADO A DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL ." y " LEYES DEL TRABAJO. LAS LEGISLATURAS LOCALES SÓLO PUEDEN EXPEDIR LEYES REGLAMENTARIAS DEL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL .", respectivamente. Por acuerdo de diecisiete de febrero de dos mil once, el Presidente de la Segunda Sala desechó la solicitud de modificación de jurisprudencia 3/2011, derivada de la solicitud de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al considerar que no se satisfacen en su totalidad los requisitos formales para su procedencia.