Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.7o.A.181 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

CONTRIBUCIONES. ES IMPROCEDENTE LA DEVOLUCIÓN DE AQUELLAS PAGADAS CON ANTERIORIDAD A LA PRESENTACIÓN DE LA CONSULTA DE LA CUAL DERIVA LA RESOLUCIÓN QUE ORDENA DICHO ACTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Agosto de 2002; Pág. 1266

Precedentes

Revisión fiscal 837/2002. Subadministrador de lo Contencioso "2" de la Administración Local Jurídica del Sur del Distrito Federal, en suplencia por ausencia de la Administradora Local Jurídica del Sur del Distrito Federal, Titular de la Unidad Encargada de la Defensa Jurídica, del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Presidente del Servicio de Administración Tributaria y de las autoridades demandadas. 24 de abril de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: José Alberto Tamayo Valenzuela.

→ Más tesis en materia administrativa