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VI.2o.C.255 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
187013
Clave de tesis
VI.2o.C.255 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 1172

APELACIÓN EN MATERIA CIVIL. LA REGLA QUE ESTABLECE QUE LOS HECHOS AFIRMADOS POR UNA DE LAS PARTES HACEN PRUEBA PLENA NO RIGE EN AQUÉLLA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Mayo de 2002; Pág. 1172

Precedentes

Amparo directo 30/2002. Lucila Enríquez García. 22 de marzo de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretario: Nelson Loranca Ventura.

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