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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 19 de mayo de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 75/2006-SS en que participó el presente criterio.

I.9o.T.145 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
187049
Clave de tesis
I.9o.T.145 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 1368

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. LA LEY DE LA MATERIA NO OBLIGA A LAS SALAS NI AL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, A ANEXAR AL SUMARIO EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN, NI LO CONCERNIENTE A SU DISCUSIÓN Y VOTACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 1368

Precedentes

Amparo directo 1959/2002. Aurora García Parra. 27 de febrero de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez. Secretario: Francisco Orozco Vera. Nota: Por ejecutoria de fecha 19 de mayo de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 75/2006-SS en que participó el presente criterio.

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