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I.12o.A.2 K Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

QUEJA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA CUANDO YA SE RESOLVIÓ OTRA DE IGUAL NATURALEZA, EN LA QUE SE RECLAMÓ DE LA MISMA AUTORIDAD EL MISMO ACTO (APLICACIÓN ANALÓGICA DEL ARTÍCULO 134 DE LA LEY DE AMPARO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Febrero de 2002; Pág. 911

Precedentes

Queja 112/2001. Jefe Delegacional y Director General Jurídico de Gobierno en Cuajimalpa de Morelos. 24 enero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Mariza Arellano Pompa.

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