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2a./J. 29/2001 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. ES IMPROCEDENTE EN CONTRA DE LAS SENTENCIAS DICTADAS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA, EN LAS QUE SE HAYA SOLICITADO SU ACLARACIÓN Y ÉSTA NO HAYA SIDO RESUELTA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIV, Julio de 2001; Pág. 502

Precedentes

Contradicción de tesis 102/2000-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito y el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. 22 de junio de 2001. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: María Marcela Ramírez Cerrillo. Tesis de jurisprudencia 29/2001. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintinueve de junio de 2001.

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