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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 24 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 96/2004-PS en que participó el presente criterio.

VI.1o.P.119 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Penal
Registro digital (IUS)
189370
Clave de tesis
VI.1o.P.119 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Junio de 2001; Pág. 765

SENTENCIA DEFINITIVA O RESOLUCIÓN QUE PONE FIN AL JUICIO. NO LA CONSTITUYE EL AUTO QUE DESECHA EL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Junio de 2001; Pág. 765

Precedentes

Reclamación 3/2001. 5 de abril de 2001. Mayoría de votos. Disidente: José Manuel Vélez Barajas. Ponente: Rafael Remes Ojeda. Secretario: Gerardo Domínguez Romo. Nota: Por ejecutoria de fecha 24 de noviembre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 96/2004-PS en que participó el presente criterio.

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