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I.13o.A. J/2 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

PRINCIPIO DE CONGRUENCIA, EXCEPCIÓN AL, CONTEMPLADO EN EL ARTÍCULO 237 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Junio de 2001; Pág. 634

Precedentes

Revisión fiscal 2113/2001. Subadministrador de lo Contencioso "2" de la Administración Local Jurídica de Ingresos del Oriente del Distrito Federal, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público y otras. 14 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretario: José Jesús Medina Lavín. Revisión fiscal 2473/2001. Subadministrador de lo Contencioso "1" de la Administración Local Jurídica de Ingresos del Oriente del Distrito Federal. 14 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretaria: Marta Elena Barrios Solís. Revisión fiscal 2793/2001. Subadministrador de lo Contencioso "1" de la Administración Local Jurídica de Ingresos del Oriente del Distrito Federal. 28 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretaria: Marta Elena Barrios Solís. Revisión fiscal 693/2001. Director General de lo Contencioso y Consultivo de la Procuraduría General de la República y otra. 16 de abril de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretaria: Marta Elena Barrios Solís. Revisión fiscal 2493/2001. Director General de lo Contencioso y Consultivo de la Procuraduría General de la República. 27 de abril de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Luz Cueto Martínez. Secretario: José Antonio García Ochoa.

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