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P. LXXXIV/2000 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

PREDIAL. EL ARTÍCULO 152, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL, QUE REGULA LA FORMA DE CALCULAR DICHO IMPUESTO CUANDO SE TRATE DE INMUEBLES SIN CONSTRUCCIONES, VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Junio de 2000; Pág. 32

Precedentes

Amparo en revisión 2100/96. Brenda Mercedes Vales García de Armendáriz. 21 de agosto de 1997. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosa María Galván Zárate. Amparo en revisión 540/96. Transportación Marítima Mexicana, S.A. de C.V. 11 de septiembre de 1997. Mayoría de seis votos. Disidentes: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausentes: José Vicente Aguinaco Alemán, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Mariano Azuela Güitrón. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretaria: Guadalupe M. Ortiz Blanco. Amparo en revisión 2064/96. María del Carmen Arreola Steger. 11 de septiembre de 1997. Mayoría de seis votos. Disidentes: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausentes: José Vicente Aguinaco Alemán, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Mariano Azuela Güitrón; en su ausencia hizo suyo el proyecto Juan Díaz Romero. Secretaria: Irma Rodríguez Franco. Amparo en revisión 1751/98. Alfredo Mendoza López. 2 de diciembre de 1999. Mayoría de seis votos. Disidentes: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ausentes: Presidente Genaro David Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo y Juventino V. Castro y Castro. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretario: Marco Antonio Bello Sánchez. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veintinueve de mayo en curso, aprobó, con el número LXXXIV/2000, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación no es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintinueve de mayo de dos mil. Nota: La tesis citada aparece publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo I, Materia Constitucional, página 171, tesis 170.

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