III.2o.T.16 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
AMPARO. EFECTOS DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE LA PROTECCIÓN CONSTITUCIONAL, POR VIOLACIONES PROCESALES, CONTRA EL LAUDO EMITIDO EN CUMPLIMIENTO DE DIVERSA EJECUTORIA QUE CONCEDIÓ EL AMPARO SÓLO A UNO DE LOS ACTORES EN EL JUICIO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Mayo de 2000; Pág. 898
Cuando existieron en el juicio laboral varios actores y el laudo les fue desfavorable, lo que motivó que promovieran amparo en su contra, en el que se concedió éste sólo a uno de ellos para efectos de que se dictara nuevo laudo y en cuanto al resto les fue negada la protección de la Justicia Federal y contra el nuevo laudo que resultó condenatorio para la demandada, ésta entabla diverso juicio de garantías y resulta que por violaciones procesales es de concederse la protección solicitada ordenando la reposición del procedimiento, los efectos de la última ejecutoria solamente se constreñirán al actor al que se le concedió previamente el amparo, por lo que deberá desvincularse la litis relacionada con éste y la demandada del laudo impugnado para la reposición procedimental, dejándose intocado por lo que ve a las absoluciones ya determinadas en cuanto al resto de los actores del juicio laboral, porque esto constituyó cosa juzgada, máxime si se atiende a que en el primer amparo se estimó que no se les violaron garantías, y el nuevo laudo que llegue a emitirse, de igual manera, sólo se referirá a la litis que exista entre el trabajador cuyas acciones estén pendientes de resolver y la demandada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 453/99. Comisión Federal de Electricidad. 17 de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: José Ignacio Rodríguez Sánchez.