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IV.2o.A.T.48 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. TIENEN COMPETENCIA PARA DEFENDER EL ACTO DE AUTORIDAD QUE DIO INICIO A LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN DURANTE LA VIGENCIA DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XI, Abril de 2000; Pág. 1015

Precedentes

Revisión fiscal 135/99. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 2 de febrero de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Rodolfo R. Ríos Vázquez. Secretario: Marco Antonio Cepeda Anaya. Nota: El Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria vigente en 1997, así como sus reformas publicadas el 10 de junio de 1998, fue abrogado por el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en el Diario Oficial de la Federación de 3 de diciembre de 1999.