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P. LXXXVI/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Civil

INMATRICULACIÓN DE INMUEBLES PREVISTA EN EL ARTÍCULO 2903-A Y EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 2897 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO. ES UN ACTO DE NATURALEZA ADMINISTRATIVA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Diciembre de 1999; Pág. 16

Precedentes

Competencia 498/98. Suscitada entre el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil y el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, ambos del Segundo Circuito. 8 de julio de 1999. Once votos. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: María Elena Rosas López. El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el dieciséis de noviembre en curso, aprobó, con el número LXXXVI/1999, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

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