II.2o.C.196 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
ESTADO DE CUENTA CERTIFICADO POR CONTADOR DE UNA INSTITUCIÓN BANCARIA. ES INCORRECTO CUANDO NO CONTEMPLA LOS PAGOS PARCIALES HECHOS POR EL DEUDOR, QUE DEBEN DEDUCIRSE DE LA CANTIDAD EXIGIDA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Octubre de 1999; Pág. 1271
Conforme a lo que estatuye el artículo
68 de la Ley de Instituciones de Crédito
, las instituciones bancarias al promover un juicio ejecutivo mercantil deben exhibir, entre otros documentos base de su acción, los estados de cuenta expedidos por el contador facultado, que contendrán un desglose de los movimientos que originen el saldo cuyo cobro se pretende, para que hagan prueba plena y puedan ser adminiculados con el documento relativo al crédito otorgado. Por consecuencia, si el demandado realizó varios pagos parciales, cuyos recibos fueron oportunamente admitidos y valorados, surtiendo efectos legales en los términos ofrecidos, y si el estado de adeudos exhibido con la demanda inicial sólo contiene el nombre del cliente, el número de cuenta, el tipo de crédito, la tasa fija, la tasa moratoria, el total del capital, la fecha de ingreso y la de vencimiento, así como el número de amortizaciones que el cliente debió cubrir, es evidente que ante ello no se encuentran detallados ni desglosados ahí los abonos o pagos parciales hechos por el deudor, y así es correcto estimar que en esos casos la suma de todos los pagos parciales demostrados, que debió incluirse en dicho estado, ha de deducirse de las cantidades exigidas en el juicio principal.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 180/99. Banco Mexicano, S.A. 17 de agosto de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: Virgilio A. Solorio Campos. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XV-1, febrero de 1995, página 183, tesis XIX.2o.25 C, de rubro: "
ESTADO DE CUENTA BANCARIO. CUANDO SE EFECTÚAN PAGOS PARCIALES DEBEN ESTAR DETALLADOS EN ÉL, PARA QUE TENGAN EJECUTIVIDAD
.".