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III.2o.C.19 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

COSTAS EN LOS JUICIOS CIVILES SUMARIOS DE CUANTÍA INDETERMINADA, CUANDO SE DICTEN SENTENCIAS NETAMENTE DECLARATIVAS, ES IMPROCEDENTE LA CONDENA EN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo X, Julio de 1999; Pág. 848

Precedentes

Amparo directo 1640/98. Leticia Abarca de la Mora. 4 de septiembre de 1998. Unanimidad de votos en el sentido de la sentencia, con voto aclaratorio del Magistrado Francisco Javier Villegas. Ponente: Gerardo Domínguez. Secretario: Francisco Miguel Padilla Gómez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 112/2002-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1ª./J. 52/2003, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVIII, noviembre de 2003, página 47, con el rubro: " COSTAS. ES PROCEDENTE LA CONDENA A SU PAGO EN LOS JUICIOS SUMARIOS CIVILES DE CUANTÍA INDETERMINADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO) .".

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