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2a./J. 50/99 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

HORAS EXTRAS. DEBEN CONSIDERARSE Y PAGARSE COMO TALES CUANDO LA JORNADA LABORADA ES MAYOR DE LA QUE PACTARON EL PATRÓN Y EL TRABAJADOR, AUNQUE ÉSTA SEA INFERIOR A LA QUE FIJA LA LEY.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Junio de 1999; Pág. 103

Precedentes

Contradicción de tesis 81/98. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito. 23 de abril de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretaria: Constanza Tort San Román. Tesis de jurisprudencia 50/99. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiuno de mayo de mil novecientos noventa y nueve.

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