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2a. LXXVI/99 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Laboral

COMPETENCIA LABORAL. CORRESPONDE A LA JUNTA LOCAL CONOCER DE LAS DEMANDAS CONTRA EMPRESAS QUE OPERAN COMO INSTITUCIONES DE SEGUROS (INTERRUPCIÓN DE LA TESIS 4a. XXVI/90, PUBLICADA EN LA PÁGINA 55, DEL TOMO VII-MAYO, OCTAVA ÉPOCA DEL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DE RUBRO "COMPETENCIA FEDERAL EN MATERIA LABORAL. INSTITUCIONES DE SEGUROS.").

[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 498

Precedentes

Competencia 48/99. Suscitada entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León, residente en Monterrey y la Junta Especial Número Diecinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Guadalupe, Nuevo León. 30 de abril de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: José Gabriel Clemente Rodríguez. Nota: Esta tesis interrumpe el criterio sustentado en la tesis 4a. XXVI/90, de rubro: " COMPETENCIA FEDERAL EN MATERIA LABORAL. INSTITUCIONES DE SEGUROS. ", publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo VII, mayo de 1991, página 55.

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