VIII.2o. J/22 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común
DEMANDA DE AMPARO DIRECTO. DEBE DESECHARSE POR EXTEMPORÁNEA CUANDO HAYA TRANSCURRIDO EL TÉRMINO PARA SU INTERPOSICIÓN A PARTIR DE UNA PRIMERA NOTIFICACIÓN, AUN CUANDO SE HAYA PRACTICADO OTRA POSTERIOR.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Enero de 1999; Pág. 652
Cuando se desprenda de autos que la sentencia reclamada fue notificada a la parte quejosa siguiendo los lineamientos que al efecto establezca la ley adjetiva aplicable, y luego, motu proprio, el actuario respectivo realiza otra notificación, debe desecharse por extemporánea la demanda de amparo que se intenta, si su presentación se realiza fuera del término a que se refiere el artículo
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, computado tal plazo a partir de la primera notificación puesto que, mientras no se declare su nulidad, surte sus efectos y es desde ese momento cuando empieza a correr el citado término.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Reclamación 18/95. Ofilia Garza Salinas, albacea de la sucesión de Enrique Garza González. 27 de octubre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretaria: Graciela Azpilcueta Morales.
Amparo directo 717/95. José López Rivera. 22 de febrero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretario: Antonio López Padilla.
Amparo directo 681/96. Jesús Saldívar Mijares. 28 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio López Padilla, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado.
Amparo directo 751/96. Alejandro Raúl Ávila Avilez. 28 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio López Padilla, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Hugo Arnoldo Aguilar Espinosa.
Amparo directo 26/98. María del Refugio Arenas Martínez. 27 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: José Martín Hernández Simental, secretario de tribunal autorizado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Alberto Caldera Macías.