Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/194832

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de agosto de 2001, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 9/2001-SS en que participó el presente criterio, al considerar que el punto de contradicción de tesis quedó resuelto con motivo de la norma vigente.

I.1o.A.37 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
194832
Clave de tesis
I.1o.A.37 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Enero de 1999; Pág. 851

DIRECCIÓN DE RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DE LA CONTRALORÍA DEL DISTRITO FEDERAL, NO ESTÁ FACULTADA PARA IMPONER SANCIONES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Enero de 1999; Pág. 851

Precedentes

Revisión fiscal 4301/97. Director General de Servicios Legales del Departamento del Distrito Federal. 6 de marzo de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Domínguez Peregrina. Secretario: Jesús Alberto Esquivel Posada. Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de agosto de 2001, la Segunda Sala declaró sin materia la contradicción de tesis 9/2001-SS en que participó el presente criterio, al considerar que el punto de contradicción de tesis quedó resuelto con motivo de la norma vigente.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia administrativa

Registro digital (IUS): 194832