Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/195043

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 26 de febrero de 2014, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 474/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

II.T.49 L Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
Registro digital (IUS)
195043
Clave de tesis
II.T.49 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Laboral
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Diciembre de 1998; Pág. 1026

CODEMANDADOS EN LA CONTIENDA LABORAL, TIENEN LA CALIDAD DE TERCEROS PERJUDICADOS EN EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Diciembre de 1998; Pág. 1026

Precedentes

Amparo en revisión 38/98. Comercializadora Ismo, S.A. de C.V. y Constructora de Obras de Infraestructura, S.A. de C.V. 4 de agosto de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Willy Earl Vega Ramírez. Nota: Por ejecutoria del 26 de febrero de 2014, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 474/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia laboral

Registro digital (IUS): 195043