2a. CXXXI/98 Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común
RECLAMACIÓN. SON INOPERANTES LOS RAZONAMIENTOS QUE, A TÍTULO DE AGRAVIOS, CONTROVIERTEN LOS AGRAVIOS FORMULADOS EN EL RECURSO DE REVISIÓN.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VIII, Noviembre de 1998; Pág. 52
Son inoperantes los razonamientos que a título de agravios en el recurso de reclamación interpuesto por el tercero perjudicado, controvierte lo expuesto en los motivos de inconformidad que formuló la parte quejosa en el recurso de revisión, sin exponer razonamiento alguno en relación con las consideraciones que sustenta el acuerdo impugnado que admitió el recurso y que, por lo tanto, deben subsistir.
Precedentes
Reclamación 89/98. Ana Luz Quintanilla Montoya. 26 de junio de 1998. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretario: Roberto Lara Hernández.